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Confirman cuatro años de prisión a un hombre que agredió sexualmente a su hija durante una salida de la cárcel

Sede del TSJA

Alejandra Luque / Europa Press

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La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado Mixto nº 3 de Posadas que condenó a un hombre a cuatro años de prisión y a una multa de 200 euros a un hombre como autor de un delito de agresión sexual con violencia y otro de lesiones. En el momento de los hechos, el hombre tenía 46 años y su hija, 22.

En concreto, se da por probado que el varón el día 24 de diciembre de 2017 estaba disfrutando un permiso penitenciario en una casa de campo en una pedanía de la provincia de Córdoba cuando pidió por teléfono a su hija que lo recogiera al día siguiente en tal sitio para llevarlo al Centro de Inserción Social de la capital.

En la tarde del día 25 de ese mes, la hija acudió a la casa de campo en coche, junto a dos personas más, para trasladar a su padre a Córdoba, tal y como habían quedado, si bien, “bajo engaño, el padre consiguió quedarse a solas con su hija”, para posteriormente “abalanzarse sobre ella, cogerla de la cintura y estamparla contra un muro del salón, empujándola, golpeándola y arrastrándola con violencia hacia el dormitorio, que está ubicado contiguo al salón”. Allí supuestamente consumó el delito por el que ha sido condenado, “a pesar de la tenaz y fuerte oposición de la mujer”.

Al respecto, hubo “varios forcejeos entre ellos hasta que sonó un pitido en el teléfono de ella que motivó que el padre cesara en su actuación violenta, pidiéndole entonces este perdón a su hija, lo que aprovechó ella para, mediando un abrazo con el padre y a sus espaldas, mandar mensajes telefónicos de socorro” a las otras dos personas, “saliendo luego corriendo de la casa, a pesar de los esfuerzos del padre por retenerla, siendo finalmente recogida en la carretera minutos después por esas dos personas”, a la vez que el acusado huyó de la casa.

A consecuencia de lo ocurrido ese día, la mujer ha sufrido varios traumatismos, como facial, cervical y en tronco, junto a otras heridas y crisis de ansiedad, siendo asistida en un centro sanitario una sola vez y tardando en curar las heridas 45 días -con pérdida temporal de la calidad de vida moderada-, restándole un trastorno por estrés postraumático.

Además de la pena de prisión, el procesado ha sido condenado a una orden de alejamiento durante 11 años por el delito citado, al pago de una multa de 200 euros y una orden de alejamiento de 70 días sobre su hija, como autor de un delito leve de lesiones en el que concurre la atenuante de dilaciones extraordinarias e indebidas en el procedimiento, a la vez que deberá abonar a su hija 600 euros por el tiempo que tardó en curar las heridas sufridas, mil euros por la secuela derivada y 15.000 euros por el daño moral sufrido.

El TSJA ha reafirmado la validez y la credibilidad del testimonio de la víctima como prueba principal en este tipo de delitos, destacando su coherencia, persistencia y la ausencia de motivos espurios para mentir. Además de las declaraciones de los testigos, el tribunal ha considerado que las acciones de la víctima tras la agresión, como buscar ayuda, son consistentes con lo sucedido y contradicen los intentos de la defensa por desacreditarla.

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