El Tribunal Militar constata que los ejercicios en el lago de Cerro Muriano se habían hecho antes sin temperaturas gélidas y con apoyo sanitario

El Tribunal Militar Central ha constatado que los ejercicios en el lago de la base de Cerro Muriano (Córdoba) se habían hecho siempre sin temperaturas extremas de frío y con apoyo sanitario, circunstancias ambas que no confluyeron en el ejercicio del 21 de diciembre de 2023 en el que perdieron la vida el soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor (Sevilla) y el cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, natural de Adamuz (Córdoba).
Así lo pone de manifiesto en su respuesta a los recursos de apelación de las partes al auto de procesamiento del propio Tribunal Militar central que investiga lo ocurrido en Cerro Muriano tras la muerte de los dos militares. En concreto, en el auto sobre el recurso de apelación presentado por el comandante procesado, explica los antecedentes de ejercicios en el agua en el campo de maniobras, citando hasta cinco: “Todos ellos se hicieron en fechas -junio, primeros de septiembre, abril, primeros de octubre y uno en los primeros días de noviembre-, con clima y temperaturas más benignas”, que las que se daban el 21 de diciembre de 2023, constata.
“Y en todos ellos, aun cuando consistieran simplemente en meterse en el agua por la orilla sin dejar de hacer pie y en condiciones climáticas más benignas, se hicieron con apoyo sanitario”, algo que también faltó en la jornada en la que perdieron la vida los dos militares.
El tribunal señala que de esos ejercicios anteriores, solo es comparable uno al que acabó con la muerte del cabo y el soldado: “Solo hay uno con denominación parecida” al que se realizó el 21 de diciembre de 2023: “Vadeo paso de agua y se realizó con apoyo sanitario y con material anfibio de seguridad”, constata. “Se llevó a cabo en el mismo pantano y entre los meses de abril y junio de 2018”, dice sobre las fechas y las consecuentes mejores condiciones meteorológicas.

“Peligrosidad suficiente para tener apoyo sanitario”
“En definitiva, todos estos ejercicios que se hacen en el agua, aunque sea haciendo pie y aunque sea en fechas con clima más benigno, tienen un denominador común: revisten la peligrosidad suficiente como para que todos ellos se hayan hecho siempre con apoyo sanitario”, certifica.
Asimismo, pone el foco en la conducta del comandante al “no haberse alertado por el hecho de que fuera a hacerse un ejercicio de paso de río el día 21 de diciembre de 2023, a primera hora de la mañana con unas gélidas temperaturas, tanto la ambiental como la del agua, sin que, entre otras cosas, se pidieran ni siquiera apoyos sanitarios”. Y cree que en esto se argumenta el procesamiento del comandante que debió supervisar la organización del ejercicio.
Al no hacerlo debidamente, el tribunal considera que “existen indicios racionales de criminalidad en la conducta observada (...) Esos indicios derivan de actuaciones o de omisiones de deberes que le eran propios”.
En su escrito, el tribunal dice que el comandante, en su labor de Jefe de Plana, “no presta la mínima atención a la actividad paso de río, a pesar de que esa actividad iba a suponer, como mínimo, introducir a la gente en alguna medida en el agua un 21 de diciembre a unas temperaturas bajísimas”. En su relato, precisa que la “labor de mínimo control” del mando “tampoco le llevó a detectar que no se le estaban pidiendo apoyos para una actividad arriesgada”.
“El ejercicio de paso de río o de paso de agua no está (suficientemente interiorizado y protocolizado en el Ejército en general y en la instrucción en particular). En lo poco que está definida para esta fase del adiestramiento está constreñida a pequeños cursos de agua que, en el campo de maniobras de Cerro Muriano no parece que los haya”, constata también, dada la envergadura del lago en el que se hizo el ejercicio que acabó con la vida de dos militares.
Por ello, el Tribunal Militar Central mantiene la imputación contra el comandante por dos delitos contra los deberes del servicio en su comisión por omisión.
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